La Portabilidad Numérica permite a los usuarios de telefonía móvil cambiar de prestador/compañía cuando les resulte conveniente conservando su número telefónico.

Businessman using smart phone

Cambiar de empresa es un derecho que tienen todos los usuarios y que implica finalizar el contrato de prestación de servicios con su prestador actual teniendo la posibilidad de contratar un nuevo servicio con una nueva compañía sin perder su número telefónico. Los servicios de telecomunicaciones que están alcanzados por la Portabilidad Numérica son los de telefonía móvil: Servicio de Telefonía Móvil, Radiocomunicaciones Móvil Celular, Comunicaciones Personales y Radioeléctrico de Concentración de Enlaces.

¿Quiénes pueden acceder a la Portabilidad Numérica?

Pueden acceder todos los usuarios titulares de servicios móviles, independientemente del plan o la forma de contratación (con factura o tarjeta).

¿Quién puede solicitar la Portabilidad Numérica?

El usuario titular del servicio de telefonía móvil. En el caso de personas jurídicas (empresa, organismo oficial, etc.), se deberá contar con una fotocopia del poder que habilite a la persona que se presente a contratar el servicio en su nombre.

¿Cómo es el trámite a seguir y qué requisitos debe cumplimentar el usuario titular?

Quien inicie el trámite deberá dirigirse a la compañía de telefonía móvil a la cual pretende cambiarse con la documentación correspondiente. La compañía le proporcionará un formulario unificado de Solicitud de Portabilidad Numérica a la que se adjuntará copia del documento de identidad. Para el caso de personas jurídicas deberán acompañar el poder que lo habilita para tal fin.

¿Tiene algún costo la Portabilidad Numérica?

La Secretaría de Comunicaciones de la Nación (actual Enacom) dispuso mediante la Resolución SC Nº 98/2010 que al solicitar la Portabilidad Numérica la compañía podrá cobrar un monto equivalente a 100 pulsos telefónicos (aproximadamente cinco pesos). Se sugiere consultar con la empresa ya que es facultativo de la misma cobrárselo.

¿Cuánto demora el proceso?

El proceso no podrá demandar más de cinco (5) días hábiles. Sin embargo, en aquellos casos en que la autoridad de aplicación considere que hubo dilaciones causadas por la complejidad, la dispersión geográfica o la cantidad de líneas involucradas en la solicitud, el plazo podría extenderse hasta diez (10) días hábiles.

¿Puede haber interrupciones en el servicio durante el proceso?

La norma establece que la interrupción en el servicio causada por el proceso de portabilidad no puede superar las tres (3) horas.

¿Ante quién se debe reclamar?

El usuario titular podrá efectuar reclamos vinculados con omisiones, demoras, irregularidades o cualquier otra cuestión relacionada con la Portabilidad Numérica ante el prestador de servicios portables correspondiente en el plazo de sesenta (60) días corridos contados a partir de que se produce el hecho que origina el reclamo. Éste deberá responderle dentro de los tres (3) días hábiles de presentado el reclamo. En caso de no recibir respuesta a su reclamo en el plazo establecido o que habiéndola recibido no se encontrara satisfecho, podrá presentar reclamo ante Enacom quien, previo traslado al prestador, resolverá en sede administrativa. No se podrá suspender el servicio o dar de baja a un número que se encuentre cursando un reclamo respecto a la Portabilidad Numérica.